Realizan el foro “A tres décadas de la reforma del artículo 27 constitucional de 1992 en materia agraria”

Por: Arturo Paz, reportero de Nuevo México Plural/Cámara de Diputados

El Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria (CEDRSSA) de la Cámara de Diputados, realizó el foro “A tres décadas de la reforma del artículo 27 constitucional de 1992 en materia agraria: análisis sobre la tenencia de tierra ejidal, el aseguramiento de paz social y los avances sobre la certeza legal de las tierras rurales”.

En su mensaje de bienvenida, la directora del CEDRSSA, Alejandra Núñez Aguilar, dijo que el objetivo es analizar el estado que presenta dicha reforma, a través de tres temas: “La organización y situación jurídica del ejido”, “El desempeño de la justicia agraria como un instrumento de paz en todo el territorio nacional” y “Los alcances de la administración e impartición de justicia agraria, a través de la implementación de los órganos de justicia que para tal efecto ha establecido el Estado mexicano”.

Subrayó que uno de los asuntos pendientes de resolución dentro de la agenda legislativa de la Cámara de Diputados, es el que tiene que ver con los problemas del campo y la justicia social, particularmente los que atañen a la propiedad de la tierra rural y el régimen jurídico agrario.

Al abordar “La evolución histórica del ejido y su situación jurídica”, el abogado especialista en la materia y catedrático de la UNAM, José Miguel González Sánchez, hizo un recorrido histórico sobre el ejido desde los primeros asentamientos en la época prehispánica y el nacimiento de la propiedad originaria de la clase gobernante durante la época colonial, hasta la aparición de la propiedad privada en el México independiente y el surgimiento de la Ley Agraria de 1915.

Indicó que, en dicha ley, producto de la Revolución mexicana, se establece formalmente el término ejido como figura jurídica, a raíz de la dotación de tierras “y los ejidatarios pueden hacer uso de las parcelas y los derechos que deriven de la explotación de las tierras de uso común”.

El catedrático externó que, a pesar de la existencia de la figura jurídica del ejido, aún no hay una definición concreta en las leyes y como consecuencia de ello surgen conflictos entre personas que compran los derechos ejidatarios, creyendo que adquieren la propiedad de la tierra.

Subrayó que en la ley vigente se establece cómo se divide y organiza la tierra; sin embargo, muchos ejidos no cuentan con los parámetros reconocidos y por ello no son registrados y carecen del certificado de derechos agrarios. 

Nancy Becerril Flores, doctora en Derecho y secretaria de Estudio y Cuenta del Tribunal Unitario Agrario, en distritos del Estado de México, abordó “La justicia agraria como instrumento de paz en México”. Destacó la función y papel que desarrollan los tribunales agrarios en la construcción de la paz, creados a partir de la reforma de 1992, para otorgar a los sujetos agrarios un derecho a la justicia.

Apuntó que es necesario atender la realidad social del campo, pues “la crisis en nuestros valores a nivel nacional ha ocasionado indiferencia hacia ese sector de la sociedad y la falta de cultura de paz ha desfavorecido la desprotección de los sujetos agrarios”.

Reiteró que la carencia de especialización en materia agraria ocasiona un reto mayor para los operadores jurídicos, ya que, al ignorar el tema, perjudican a los sujetos agrarios.

Al hablar de manera virtual sobre “La procuración e impartición de justicia agraria”, Rubén Gallardo Zúñiga, especialista en Derecho y magistrado numerario del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 11, Guanajuato, refirió que a partir de la reforma constitucional de 1992 surgieron diversas instituciones, entre ellas la Procuraduría Agraria.

Destacó la implementación de las etapas de los juicios agrarios, vía internet, a raíz de la pandemia de Covid-19.

Juan Pablo Laguna Hadad, director de Evaluación de Políticas Públicas Rurales del CEDRSSA, presentó las conclusiones del foro. Comentó que, en materia legislativa, se requiere crear la definición de ejido en el marco jurídico, ya que sólo se considera la figura, pero sin precisión.

Destacó la importancia de incrementar el presupuesto para los tribunales agrarios y para Procuraduría Agraria, así como la necesidad de actualizar y modernizar los instrumentos tecnológicos para llevar los procesos legales de manera virtual.