Por: Arturo Paz, reportero de Nuevo México Plural/Cámara de Diputados
Con el propósito de establecer la violencia política en razón de género como causa de nulidad determinante de una elección, las diputadas del PRI, Alma Carolina Viggiano Austria y Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, propusieron agregar un inciso d) a la fracción VI del artículo 41 de la Constitución Política.
Mediante una iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen, plantean que se establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes, en casos en que se acredite la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
En la actualidad, la ley contempla en tres incisos las causas graves de nulidad: a) exceder el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado; b) comprar o adquirir cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley; y c) recibir o utilizar recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.
Esta reforma propone señalar que, en caso de las violaciones planteadas en dichos incisos, se presumirán como determinantes cuando la diferencia en la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento. En tanto que para el supuesto establecido en el inciso d) será determinante cuando se acredite la violación política de manera sistemática.
También incluyen modificaciones al primer párrafo de la fracción I de dicho precepto para que los partidos políticos garanticen la paridad de género, “libre de violencia” en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular. Asimismo, sugiere agregar en el apartado A del mismo artículo la no discriminación entre los principios rectores del INE.
Indica que anular las elecciones en casos de violencia política de género es una medida compleja, pero altamente necesaria para garantizar la integridad del proceso electoral y proteger los derechos de las mujeres a participar en igualdad de condiciones.
La nulidad es compleja, “una decisión extrema” que determina la inexistencia de un proceso democrático y la violación grave a los principios fundamentales de un sistema electoral, donde se afirma y acredita que no hubo elecciones limpias, y deben repetirse.
Con esta iniciativa se busca reestablecer la estabilidad del proceso con una medida preventiva conforme a la ley, evitar la violencia generalizada en el sistema político y tratar este tema desde todos los espacios, sin comprometer los procesos e instituciones democráticas.
Las legisladoras se pronuncian a favor de la justicia electoral y de un sistema de libertades plenas, que favorezca la participación de las mujeres en política. “Esta violencia sistematizada es una afectación determinante en la elección, por lo que debe considerarse como violación grave, dolosa y determinante de nulidad”.
“No podemos permitir que se sigan reproduciendo estereotipos y conductas que vulneran los principios fundamentales más básicos de todos y de todas, desde una normalización de la violencia contra la mujer”, por lo que es fundamental establecer un principio de cero tolerancia a la violencia política y garantizar un Estado igualitario, enfatizan.
Refieren que la reforma político-electoral de 2014 obligó a la paridad de género e incrementó la representación femenina en la Cámara de Diputados que, en 2021, logró el 50 por ciento de curules. Ello fortaleció las políticas públicas en materia de igualdad, y colocó a México como líder en materia de participación política y representantes electas.
Reconocen que México tiene el número más alto de mujeres al frente de gobiernos estatales de su historia, pero sólo gobiernan en 10 de 32 entidades, y en la medida en que se ha incrementado su participación, se visibilizan graves problemas de discriminación y violencia. “Se ha tipificado la violencia política contra las mujeres en razón de género, pero no es suficiente para garantizar su derecho a participar de manera activa en las elecciones”.