El secretario en funciones del Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la CDMX, Eduardo Vázquez Torres, ordenó la Unidad de Inteligencia Financiera, UIF, de la SHyCP, cuyo titular es Santiago Nieto Castillo, desbloquear las cuentas bancarias de la activista Diana Sánchez Barrios.
El juez federal, advirtió que la UIF, no utilizó la facultad prevista en el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito para bloquear las cuentas.
La sentencia emitida el 30 de agosto del presente año, ordena al titular de la UIF, Santiago Nieto Castillo, el desbloqueo de las cuentas, en particular de las que tiene en la institución bancaria Santander.
“Es decir, no tuvo como base una petición de una autoridad extranjera, un organismo internacional o por una agrupación intergubernamental, que sea reconocida con tales atribuciones por nuestro país a la luz de algún tratado internacional”.
Aclaró que “dicho de otro modo, el acuerdo por el que se incluyó a la quejosa en la lista de personas bloqueadas no tuvo como base los supuestos precisados por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para su legítimo ejercicio.
Indicó que “por tanto, dado que el bloqueo en cuestión no está relacionado con algún procedimiento administrativo o jurisdiccional específico, resulta contrario al principio de seguridad jurídica”.
De acuerdo con el expediente, el bloqueo derivó de la solicitud hecha por el agente del Ministerio Público adscrito a la Coordinación General de Investigación de Delitos en Materia de Alto Impacto perteneciente a la Fiscalía Especial de Investigación de Asuntos Relevantes de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX). “…es decir, la referida investigación es respecto de cuestiones estrictamente nacionales, como es que la quejosa probablemente introdujo recursos económicos al sistema financiero nacional mediante multiplicidad de actos que llevaron a la autoridad a establecer que presuntamente tienen una procedencia ilícita y esos recursos puedan ser aprovechados por organizaciones criminales y sus integrantes”.
El secretario en funciones dejó claro que si sobre las cuentas pesa una medida de aseguramiento que tenga un origen distinto al de este juicio, dicha medida de seguridad persistirá al no haber sido materia de análisis, estando a lo que resuelva la autoridad competente en torno a ella, de ser el caso.