La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, la solicitud de cinco medidas cautelares por actos anticipados de precampaña y campaña, supuesto uso indebido de recursos públicos, vulneración al interés superior de la niñez y posible transgresión a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Jorge Álvarez Máynez denunciaron a Claudia Sheinbaum Pardo y al partido Morena, así como a su dirigente Mario Delgado Carrillo, con motivo de la gira denominada “La Esperanza nos une”, celebradas en Puebla, Tamaulipas, Tlaxcala, Guerrero, Estado de México, Hidalgo, Nayarit, Jalisco y Colima.
La Comisión determinó procedente otorgar medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, a efecto de ordenar la suspensión de la gira “La Esperanza nos une”, así como cualquier otro evento con características similares, hasta en tanto inicie la precampaña electoral, al existir un riesgo real de afectar gravemente la equidad de la contienda electoral.
También ordenó suprimir 44 publicaciones en redes sociales que podrían constituir posibles actos anticipados de precampaña, y negó retirar aquellas en las que no se advirtió posicionamiento relacionado con el actual Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024 y por tratarse de notas informativas amparadas en el quehacer periodístico.
No obstante, la Comisión precisó que, conforme al derecho de autoorganización de los partidos políticos, Morena y Claudia Sheinbaum Pardo se encuentran en aptitud de realizar las actividades y funciones que tiene encomendadas como “Coordinadora de Defensa de la Cuarta Transformación”, siempre que se cumplan los parámetros establecidos en el Acuerdo.
Procedente retirar materiales de Xóchitl Gálvez publicadas en redes sociales
El partido político Morena denunció un video alojado en la cuenta de YouTube del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado, así como un video publicado en la red social Facebook de Xóchitl Gálvez Ruiz, ya que, a decir del quejoso, se posiciona de manera anticipada ante los electores.
De un análisis preliminar, la Comisión consideró procedente su retiro, ya que las publicaciones denunciadas no tienen cobertura legal, pues se advierten referencias claras y directas al PEF, a la renovación de la Presidencia de la República, así como propuestas, lo que pudiera constituir actos anticipados de campaña y posible vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
Ahora bien, por presunta vulneración al interés superior del menor de edad, se denunció un video en la cuenta personal de YouTube de la Senadora Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz en el que aparecen personas presuntamente menores de edad.
Al respecto, se dictó la medida cautelar mediante la cual se ordena la eliminación del video denunciado, porque no se presentó la documentación y consentimientos necesarios para demostrar la autorización para incluir la imagen de las personas menores de edad.
En el mismo sentido, se decretó la tutela preventiva para que en las publicaciones que realice por cualquier medio Xóchitl Gálvez Ruiz, en las que aparezcan personas menores de edad, dé cumplimiento cabal a los Lineamientos Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales y/o edite las imágenes o videos de manera que no sean identificables las personas menores de edad que en ellos aparezcan.
Ordenan retirar publicaciones por violencia política en razón de género
Respecto al asunto en el que se denuncian hechos atribuibles a Mario Delgado Carrillo, dirigente del partido político Morena e Ignacio Mier Velasco, Coordinador del Grupo Parlamentario del mismo instituto político en el Congreso de la Unión, la Comisión determinó devolver el proyecto de acuerdo, con la finalidad de que la Unidad Técnica realice mayores diligencias.
En otro asunto, se ordenó a la red social X retirar cuatro publicaciones que podrían generar un impacto desproporcionado a una Diputada Federal, desde una perspectiva preliminar, se estimó que las mismas podrían constituir violencia verbal/escrita, simbólica, sexual y psicológica, toda vez que se devalúa la imagen de la denunciante como legisladora federal y se invisibilizan sus capacidades como mujer para ejercer un cargo de elección popular, al referirse no a cuestiones de relevancia pública o vinculadas con su función como legisladora, sino a cuestiones del ámbito personal.
En cuanto a siete publicaciones denunciadas, la Comisión no observó que las mismas se encuentren sustentadas en elementos de género dirigidos a menoscabar sus derechos político-electorales como mujer legisladora; contrariamente, se trata de cuestionamientos o críticas severas relacionadas con tópicos de interés público y forman parte del debate.
Finalmente, se presentó escrito de queja por una publicación en la red social X presuntamente realizado por Brenda Jimena de la Mora López, integrante de la Coordinación Ciudadana Estatal del partido Movimiento Ciudadano (MC) en Guanajuato y la culpa in vigilando, por actos discriminatorios, denigrando y descalificando el desempeño político de una diputada.
Desde una óptica preliminar, se consideró que podría actualizar violencia sexual, simbólica y psicológica, al contener una expresión y/o comentario ofensivo que refuerza estereotipos de género, pues intenta nulificar su trayectoria, cargo y capacidad para contender por el mismo, transgrediendo el libre ejercicio de un derecho político-electoral, en la vertiente de participación política; en consecuencia, se determinó procedente la medida cautelar y se ordenó a la denunciada y a la red social suprimirla de inmediato.
Las denuncias sobre el probable uso de recursos públicos, promoción personalizada y la culpa in vigilando atribuida al PAN y MC serán analizadas en el fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).