- El Acuerdo establece que no podrán llevar a cabo este tipo de actividades los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones
El Pleno del Senado aprobó un acuerdo de la Mesa Directiva por el que se determinan los criterios para el registro, integración, actualización y difusión del padrón de cabilderos del Senado de la República.
Dicho acuerdo permitirá dar cumplimiento a las disposiciones en materia de transparencia y contar con la información básica que identifique a las personas dedicadas a promover intereses legítimos de particulares ante los órganos del Senado, así como ante senadoras y senadores.
Dentro de las disposiciones generales, refiere que le corresponderá a la Mesa Directiva la interpretación de las disposiciones contenidas en este documento y resolver su aplicación al interior de las áreas competentes, así como cualquier situación no prevista.
Estas disposiciones son de observancia general para los sujetos involucrados, de conformidad con los principios de transparencia, integridad, receptividad, imparcialidad, objetividad, rendición de cuentas e interés público.
A partir del 11 de octubre de 2021 y hasta el 15 de octubre de 2021, la Mesa Directiva emitirá una convocatoria pública que se difundirá en el portal del Senado de la República y contendrá las bases y requisitos para que las personas físicas y morales interesadas en la promoción de intereses legítimos de particulares en el Senado presenten la solicitud respectiva, a través de la cual se incorporen al proceso de registro, integración y actualización del padrón de cabilderos.
El acuerdo dispone que todo cabildero, grupo de interés o especialista que participe en cualquier actividad en el Senado de la República presentará previamente ante la Mesa Directiva la documentación correspondiente.
Entre los criterios también se establece que ninguna persona acreditada para realizar actividades de cabildeo podrá participar en más de cinco temas diferentes. Tampoco podrá representar más de una persona física o moral los intereses legítimos de un particular.
Además, no podrán llevar a cabo este tipo de actividades los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones y hasta dos años después de haber concluido su cargo, así como sus cónyuges y sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado.
La inscripción será gratuita y se entregará acuse de recibo del registro correspondiente. No procederá ninguna solicitud que no satisfaga los requisitos señalados para las personas físicas y/o personas morales, según el caso.
El acuerdo precisa que la Mesa Directiva será la responsable de llevar el registro de cabilderos, elaborar el padrón respectivo, mantenerlo actualizado y disponer su difusión.
RMR
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