El pleno guardó un minuto de silencio en solidaridad con las víctimas del accidente en la Línea 12 del Metro.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos que deberán observar partidos políticos y candidaturas independientes para la comprobación de los gastos de las personas representantes generales y ante las Mesas Directivas de Casilla el día de la Jornada Electoral.
En sesión extraordinaria, la presidenta de la Comisión de Fiscalización, Adriana Favela Herrera sostuvo que “la comprobación de los gastos de las personas representantes generales y ante las Mesas Directivas de Casilla es un elemento de vital importancia en la rendición de cuentas”.
Explicó que los lineamientos definen los requisitos y procedimientos para la comprobación de la gratuidad o en su caso de los pagos a sus representantes ante las Mesas Directivas de Casilla, con la finalidad de que se transparenten los recursos empleados el día de la Jornada Electoral.
Detalló cinco cambios importantes: se elimina a los partidos políticos y candidaturas independientes la carga administrativa de imprimir el formato de gratuidad para recabar la firma autógrafa de sus representantes, digitalizarlo y cargarlo al sistema. En su lugar, el Sistema de Fiscalización permitirá generar los comprobantes electrónicos de pago que serán firmados por el representante de finanzas.
Se establece que cuando menos el 25 por ciento de los representantes acreditados deberán ser onerosos y el 75 por ciento serán gratuitos. Debido a que sus topes de campaña son menores, a las candidaturas de regidurías, sindicaturas, presidencias de comunidad, presidencia auxiliar o junta municipal no se les sumará monto alguno por concepto de prorrateo de gastos relacionados en la Jornada Electoral.
No serán motivo de observación cuando representantes generales o de casilla, cuyos comprobantes electrónicos de pago tengan el status de onerosos y hayan sido pagados, pero no asistan en día de la Jornada Electoral o cuando no realicen el cobro del recurso asignado por su representación, en ambos casos el monto pagado será acumulado a los topes de gastos de campaña.
Y por último, abundó Favela, “en caso de que se detecten pagos no reportados se tomará en consideración el valor promedio más alto reportado por cada sujeto obligado en la matriz de los pagos realizados a las y los representantes en cada una de las entidades”.
La Consejera Norma De la Cruz Magaña consideró que la experiencia demostró que el día de la Jornada Electoral algunos partidos políticos gastan montos considerables de sus recursos, por lo que cuestionó el porcentaje de comprobación propuesto porque dejaría algunos puntos ciegos en la fiscalización “que no los podemos permitir”.
“Independientemente de la inversión de los sujetos obligados, es indispensable conocer el origen, monto, destino y aplicación de los recursos utilizados por cada uno de ellos para el ejercicio de la democracia en transparencia”, sostuvo.
En su intervención, la Consejera Dania Ravel Cuevas coincidió con la Consejera De la Cruz y explicó que en 2018 se propuso que por cada representante oneroso registrado se iba a exentar de registro a un gratuito, por lo que “me parece que esta propuesta es más laxa”.
También dijo estar en desacuerdo con la matriz de precios, “pues la propuesta no es acorde al Reglamento de Fiscalización, porque no se debería tomar en consideración un promedio, sino el costo más alto”.
Los lineamientos “brindan certeza tanto a los partidos políticos como a la autoridad electoral de cómo se deben registrar este tipo de gastos”, consideró la Consejera Carla Humphrey.
Añadió que estos ordenamientos representan un avance en reglas claras y en facilitar la forma de comprobar este tipo de egresos en un sistema informático en el que además se establece un plan de contingencia y en caso de algún tipo de falla se les brinda una prórroga. “Se trata de que todas y todos sepamos cuáles son los gastos que efectivamente erogan los partidos políticos en las contiendas electorales”, afirmó.
Para el Consejero Ciro Murayama Rendón la representación partidista en las casillas conjuga el derecho de los partidos para vigilar la elección y el interés de la autoridad electoral para que se vigilen los comicios, “el que haya personas de los más distintos partidos, incluso candidaturas independientes contribuye a la credibilidad de la votación y del desarrollo de la Jornada Electoral”.
Precisó que el próximo 6 de junio, podría haber 324 mil representantes por cada uno de los partidos políticos, es decir un total de 3 millones 240 mil personas que implican una gran movilidad de recursos y la autoridad electoral está interesada “en generar todas las facilidades para que cuenten con la representación que la ley les permite”.
Durante la sesión, consejeras y consejeros dieron cumplimiento a sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y tras dejar sin efecto algunas candidaturas, aprobaron por unanimidad las siguientes:
Lilia Villafuerte Zavala, como candidata propietaria a Diputada Federal por el principio de Mayoría Relativa para contender por el Distrito 10 del estado de Guanajuato, así como por el principio de Representación Proporcional en su carácter de suplente en el número uno de la lista correspondiente a la segunda circunscripción electoral plurinominal, postulada por el Partido Verde Ecologista de México.
En su sesión del 3 de abril de 2021 el Consejo General determinó que no resultaba procedente su registro para ninguna de las dos candidaturas, esencialmente, porque no era postulada por alguno de los partidos políticos que conformaron la coalición que la postuló en el PEF 2017-2018; sin embargo, a criterio del TEPJF Lilia Villafuerte se desvinculó oportunamente del grupo parlamentario del PRD por lo que puede aspirar a la reelección por otra opción política.
Por ello, se expidió la constancia de registro de las fórmulas integradas por las ciudadanas Lilia Villafuerte Zavala y Elvia Gabriela Villafuerte Fuentes, así como por Sonia Mendoza Díaz y Lilia Villafuerte Zavala.
El registro de la ciudadana Julieta Kristal Vences Valencia, como candidata propietaria a Diputada Federal por el principio de Representación Proporcional en el número 8 de la lista correspondiente a la cuarta circunscripción electoral plurinominal, postulada por Morena.
En su sesión del 25 de marzo de 2021 el Consejo había determinado la sanción por la no presentación de informes de ingresos y gastos de precampaña a Julieta Vences; sin embargo, la Sala determinó que esta sanción procedía únicamente en cuanto a su candidatura por el principio de Mayoría Relativa y no en cuanto a su postulación por la vía de Representación Proporcional.
En consecuencia, se expidió la constancia de registro de la fórmula integrada por las ciudadanas Julieta Kristal Vences Valencia y Jennifer Krystel Castillo Madrid.
Se deja sin efectos el registro en favor de Dalila Rosas Medel como candidata suplente a Diputada Federal por el principio de Mayoría Relativa, postulada por la Coalición Juntos Hacemos Historia para contender por el Distrito 01 del estado de Chiapas, para que en su lugar, se apruebe y emita el registro de Micaela Peñate Montejo en la misma candidatura.
Ello debido a que la primera no cumplió con los requisitos para ser postulada en un distrito indígena, de conformidad con las acciones afirmativas implementadas por el Instituto Nacional Electoral. Se expidió la constancia de registro de la fórmula integrada por las ciudadanas Manuela del Carmen Obrador Narváez y Micaela Peñate Montejo.
Se deja sin efecto la constancia de registro emitida en favor de la Alpha Alejandra Tavera Escalante como candidata propietaria a Diputada Federal por el principio de Mayoría Relativa, postulada por Morena para contender por el Distrito 01 del estado de Yucatán. Y se emite el registro de la ciudadana Lizbeth Beatriz del Socorro Kantún Pompeyo, como candidata propietaria a Diputada Federal por el principio de Mayoría Relativa en el distrito 01 del estado de Yucatán, postulado por Morena, al determinar que sí cumple con requisitos de autoadscripción indígena calificada.
Se expide la constancia de registro de la fórmula integrada por las ciudadanas Lizbeth Beatriz del Socorro Kantún Pompeyo e Iris Guadalupe Durán Conrado. Se deja sin efecto la constancia de registro emitida en favor del Jorge Enrique Canul Rubio como candidato propietario a Diputado Federal por el principio de Mayoría Relativa, postulado por Movimiento Ciudadano, ya que no cumple con los requisitos para ser postulado en un distrito indígena.
En consecuencia, se otorgó el registro del ciudadano Víctor Samuel Noh Bacab, como candidato propietario a Diputado Federal por el principio de Mayoría Relativa en el distrito 01 del estado de Yucatán, postulado por Movimiento Ciudadano luego de que se comprobó que cumplió con los requisitos de autoadscripción indígena calificada.
Se expide la constancia de registro de la fórmula integrada por los ciudadanos Víctor Samuel Noh Bacab y Miguel Amado Alamilla Duarte.
Se da cumplimiento a sentencias en materia de fiscalización Al seguir con el desarrollo de la sesión, la autoridad electoral dio cumplimiento a cuatro sentencias dictadas por las Salas Superior y Regionales Ciudad de México y Monterrey del TEPJF en materia de fiscalización.
La presidenta de la Comisión de Fiscalización, Adriana Favela explicó que en la primera se confirma sancionar a Edgar Jiménez Trejo, con la cancelación del registro como candidato independiente al cargo de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ezequiel Montes, Querétaro, en el marco del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021, así como en los dos procesos electorales subsecuentes, por la omisión de presentar su informe de ingresos y gastos.
Asimismo, se dejó sin efectos tres multas al Comité Ejecutivo Estatal del PAN en Tamaulipas al verificarse que comprobó diversos gastos; se realizó una nueva individualización de la sanción para dejar sin efectos el retiro del registro como candidato independiente a la alcaldía de Benito Juárez de Fausto Barajas Cummings y en su lugar se le impone una multa por de 19 mil 461.12 pesos, ya que se comprobó que presentó su informe de manera
extemporánea y se dio respuesta a la consulta de la representación del PRI
en Sinaloa, en materia de prorrateo de gastos de campaña.
Finalmente, el pleno avaló las solicitudes de 49 sustituciones de las candidaturas a diputaciones federales por ambos principios para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, presentadas por los partidos políticos del Trabajo; Encuentro Solidario; Redes Sociales Progresistas; Revolucionario Institucional; Fuerza por México y la coalición Juntos Hacemos Historia.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello precisó que las próximas sustituciones de candidaturas ya no podrán impactarse en la impresión de las boletas, pues el próximo viernes 7 de mayo, se dará el banderazo de salida de toda la papelería electoral de las bodegas en Tepotzotlán a todo el país.
Durante la sesión, consejeras y consejeros dieron cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF y en respuesta a consulta formulada por la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno del Estado de México en materia de propaganda gubernamental, por mayoría, se establecen 14 excepciones de campañas institucionales y se declaran como improcedentes dos más.
En este punto, la autoridad electoral recordó que esta propaganda gubernamental deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que la conviertan en propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de algún servidor público, además de que no podrá difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles de gobierno.
Al iniciar la sesión, el Consejo General guardó un minuto de silencio y expresó su solidaridad con las familias de las personas que fallecieron en el accidente de la Línea 12 del Metro.