La medida es para administrar, regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas con el ordenamiento de las actividades de quienes intervienen en esta actividad.
Las personas productoras también podrán extraer varias especies de abulón, almeja chocolata (Megapitaria squalida), lisa (Mugil cephalus) y liseta (Mugil curema) a partir del 1 de enero.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), informa que, a partir de enero de 2025 iniciará la veda temporal para el aprovechamiento comercial de pulpo (Octopus vulgaris, maya y vulgaris), almeja generosa (Panopea globosa) y abulón (Haliotis corrugata, Haliotis fulgens, Haliotis rufescens, Haliotis cracherodii y Haliotis sorenseni) en las costas mexicanas.
Estas medidas se formulan con base en los estudios y evaluaciones poblacionales de los recursos marinos que realiza el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y de Acuacultura Sustentables (IMIPAS), para regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas con el ordenamiento de las actividades de quienes intervienen en esta actividad. Las vedas son las siguientes:
1.- Pulpo (Octopus vulgaris) iniciará a las 00:00 horas del 1 de enero y permanecerá hasta las 24:00 horas del 28 de febrero en aguas de jurisdicción federal del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, ubicado frente a las costas de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Alvarado, en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
2.- Pulpo (Octopus maya y Octopus vulgaris) aplicará desde las 00:00 horas del 1 de enero y hasta las 24:00 horas del 31 de julio en aguas de jurisdicción federal de los litorales de los estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
3.-Almeja generosa (Panopea globosa) será a partir de las 00:00 horas del 25 de enero y hasta las 24:00 horas del 30 de abril en Bahía Magdalena, Baja California Sur.
Por otra parte, las personas productoras podrán extraer:
1.- El abulón (Haliotis corrugata, Haliotis fulgens, Haliotis rufescens, Haliotis cracherodii y Haliotis sorenseni) en la zona I, que comprende desde la línea divisoria internacional con Estados Unidos hasta Punta Malarrimo, en Baja California Sur, a partir de las 00:00 horas del 1 de enero.
2.- Almeja chocolata (Megapitaria squalida), desde las 00:00 horas del 1 de enero en aguas marinas de jurisdicción federal del Sistema Lagunar Bahía Magdalena-Almejas, en el estado de Baja California Sur.
3.- Lisa (Mugil cephalus), en los litorales de los estados de Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas durante los meses de enero a octubre del 2025.
4.- Lisa y liseta (Mugil cephalus y Mugil curema), en los litorales de Tamaulipas, incluida la Laguna Madre y la zona norte del de Veracruz –desde el río Tuxpan y la Laguna de Tampamachoco hasta el río Pánuco–, en su primer periodo de captura a partir de las 00:00 horas del 1 de enero y hasta las 24:00 horas del 31 del mismo mes.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Conapesca y en coordinación con el sector, mantiene la vigilancia de dichas acciones para garantizar la sostenibilidad de los recursos pesqueros y acuícolas y actividades conexas.