Con reformas y adiciones, diputados prohíbe que instituciones de crédito soliciten información privada

Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales

Las y los diputados aprobaron con 450 votos a favor y 22 abstenciones, el dictamen por el que se reforma el artículo 111 Bis y se adiciona el artículo 106, con una fracción XXII, de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de prohibir a las instituciones de crédito solicitar acceso a la información privada, como contactos, fotografías y videos contenidos en medios digitales. Se remitió al Senado de la República.

Asimismo, teléfonos celulares, tabletas, computadoras de los clientes a quienes otorguen algún servicio u operación financiera, salvo aquellas indispensables para dar cumplimiento a las políticas de prevención, de acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita, así como las Disposiciones Generales en la materia.

El Pleno aceptó la propuesta de modificación de la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik (PRI) para que en el artículo 106 quede claro el tema de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y señalar puntualmente en el 111 Bis que el lenguaje financiero será al que se refiere el artículo 105 de esta ley, todo ello, para proteger sus datos personales y evitar que sean víctimas de cobros fraudulentos, amenazas y extorsiones.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Luis Armando Melgar Bravo (PVEM) explicó que el objetivo es evitar la aparición de la nueva modalidad de hacer extorsión y robo con las aplicaciones digitales y páginas de internet que ofrecen préstamos con requisitos mínimos y exigen permisos para acceder a contactos, fotografías y videos de los celulares con la finalidad de asegurar los pagos denominados créditos “montadeudas”.

Argumentó que con la aprobación de este dictamen se termina con el crecimiento de estas prácticas que, de acuerdo con cifras del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia del 2021 y el 2022, se han incrementado en un 450 por ciento en la Ciudad de México.

Resaltó que los integrantes de todas las fuerzas parlamentarias consideran necesario y urgente actualizar le marco legal vigente para poner fin a estos actos contrarios al derecho y perjuicio público.

Detalló que esta reforma plantea tres cambios a Ley de Instituciones de Crédito para prohibir a estos organismos el acceso a la información privada de los usuarios para poder obtener un servicio financiera, y con el fin de sancionar con prisión de uno a seis años a quien utilice el leguaje financiero para engañar a las personas.

Además, esta pena se incrementa en un 50 por ciento cuando una persona se presente ante el público como entidad financiera sin contar con la autorización correspondiente o que realice dichas conductas a través de aplicaciones y plataformas que ofrezcan servicios digitales.

El diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez (PT) señaló que su grupo parlamentario apoya esta modificación, ya que con ella se sanciona el delito conocido como “montadeudas”, se protege y defiende a la ciudadanía de estos actos ilícitos.

Yerico Abramo Masso, diputado del PRI, indicó que esta reforma es una demanda de quienes han sido extorsionadas por estos “chantajistas, defraudadores disfrazados de organismos financieros”. Añadió que el 85 por ciento de los “montadeudas” son extranjeros, es decir, prestan dinero que no se sabe de dónde viene y a dónde va, lo que pone en riesgo la integridad de las familias mexicanas.

Para hablar a favor del dictamen, el diputado Ángel Benjamín Robles Montoya, reiteró que los “montadeudas” se han convertido en un problema

para la economía del país y para la estabilidad financiera de las personas; por ello, la reforma pondrá fin a estos actos contrarios al derecho.