*NAI, la obliga dar conocer peritajes que realizó Coneval
Por Guillermo Pimentel Balderas
No se considera procedente la incompetencia invocada por la Secretaria de Educación Pública (SEP), ya que sí tiene facultades para conocer las evaluaciones llevadas a cabo por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política y Desarrollo Social (Coneval), así como los documentos y resultados de las mismas, planteó la Comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Expuso que, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SEP, a efecto de que asuma competencia para conocer las evaluaciones realizadas por el Coneval a sus programas en 2019 y los respectivos resultados.
En el análisis del caso, a cargo de su ponencia, la Comisionada Ibarra Cadena, se determinó que la SEP cuenta con facultades para conocer los documentos y resultados de evaluaciones llevadas a cabo por el Coneval.
“Al divulgar la información sobre las evaluaciones de los programas instrumentados por la SEP estaremos más cerca de evitar el ensanchamiento de las desigualdades que relegan a ciertos sectores de la población del ejercicio efectivo del derecho a la educación”, enfatizó.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, planteó que la crisis sanitaria ha puesto de relieve las brechas que persisten en la disponibilidad, accesibilidad y calidad de la educación en el país, por lo que contar con información precisa sobre los programas implementados por la SEP permitirá identificar el progreso, alcance y resultados de las decisiones ejecutadas.
“Hay consenso de que la educación debe ser accesible, disponible y de calidad, pero para cerciorarnos de que realmente sea así y para valorar si las políticas instrumentadas están solucionando los problemas públicos, requerimos garantizar la máxima publicidad de la información requerida en este asunto”, subrayó.
Además, sostuvo que la evaluación de los programas es un mecanismo de retroalimentación que brinda información sustancial para corregir las fallas y deficiencias mostradas por los resultados obtenidos.
En respuesta al particular interesado en conocer la información, la SEP se declaró incompetente y lo orientó a presentar su solicitud ante el Coneval.
Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la dependencia reiteró su incompetencia.
Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que la SEP cuenta con facultades para conocer los documentos y resultados de evaluaciones llevadas a cabo por el Coneval.
De acuerdo con el Programa Anual de Evaluación 2019, el Consejo se encarga de monitorear, evaluar, analizar y revisar los programas federales y, a partir de los resultados obtenidos, las dependencias y entidades deben actualizar los objetivos e indicadores plasmados en la Matriz de Indicadores para Resultados.
En ese sentido, el Programa prevé que los resultados y documentos obtenidos a partir del monitoreo se hagan del conocimiento de las entidades y dependencias evaluadas, en este caso, de la SEP, y los resultados deben ser publicados en sus sitios electrónicos.
Asimismo, se advirtió que en uno de los anexos del Programa Anual de Evaluación 2019 hay constancia de que el Coneval comunicó a la SEP los resultados de los programas evaluados.