Solo Exhibir Cajetillas de Cigarros en Tiendas es Publicidad Atractiva:  OSC

por Gilberto Solís Flores

Cd México, MEXICO.- Desde el momento en que solo se muestran abiertamente la cajetillas de cigarros en las diferentes tiendas, tradicionales misceláneas y novedosas cadenas de conveniencia, ya representa una muy atractiva modalidad de promoción y motivación a niños, adolescentes y jóvenes para el consumo de los diferentes productos de tabaco, además de insistente forma de publicidad permanente y sin costo adicional de la Industria Tabacalera.

Al considerarse, el tabaquismo, como la principal causa de muerte en México, diferentes Organizaciones de la sociedad civil, que continúan su labor permanente de fomentar la salud de la población mexicana, como nuevo llamado en el inicio de este año 2026, solicitan atentamente o de plano exigen al Poder Judicial que se concentre debidamente a proteger la salud de   niños y adolescentes (obvio ambos géneros) mediante el impulso y fortalecimiento a las políticas de control de tabaco.

A través de reciente comunicado oficial de prensa, representantes de las Organizaciones civiles informaron que están a la expectativa de la resolución de los miembros del Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Cuarto Circuito con residencia en la ciudad de Monterrey Nuevo León, que han de resolver el caso este martes 26 de enero como un asunto clave para la protección del derecho a la salud, cuando determinen si la exhibición visible de productos de tabaco en los puntos de venta constituye una forma de publicidad indirecta, prohibida por la legislación mexicana.

La protección de la salud pública exige una respuesta contundente a las tácticas de la industria tabacalera, reiteran representantes de la sociedad civil y solicitan a los magistrados respectivos que resuelvan totalmente en favor de la salud.

Maximiliano Cárdenas, Coordinador Jurídico de Salud Justa Mx, señaló que la exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta es una forma reconocida de publicidad que utiliza la industria tabacalera para atraer al consumo a niñas, niños y jóvenes. Tal publicidad está prohibida por el artículo 13 del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud, instrumento vinculante que México firmó desde 2003 y ratificó en 2004 para impulsar las políticas públicas en esa materia, y ratificó que el consumo de tabaco constituye la primera causa de muerte prevenible en el mundo y en nuestro país.

“El Segundo Tribunal Colegiado en el Estado de Nuevo León asumirá una responsabilidad muy grande al dictaminar este asunto pues más de 10 mil establecimientos mercantiles podrán seguir con la publicidad intensa de estos productos nocivos para atraer a nuevos consumidores, que estarán en riesgo de padecer graves daños en su salud. Los juzgadores no deben permitir que prevalezcan los intereses económicos sobre la salud pública pues desacatarían los compromisos internacionales del Estado mexicano y debilitarían la efectividad de las políticas nacionales sobre control del tabaco” advirtió Cárdenas.

En tanto, Claudia Moreno, especialista del área jurídica de Salud Justa Mx, señaló: “Hoy más que nunca, la protección de la salud pública exige una respuesta contundente frente a las tácticas de la industria tabacalera. Nuevos productos como las bolsas de nicotina están siendo colocados justo al lado de los dulces, utilizando estrategias de comercialización dirigidas a menores de edad. Añadió que la resolución sobre OXXO será clave: si se permite la exhibición, se abrirá la puerta a una generación expuesta a la adicción desde la infancia. El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Nuevo León debe dar prioridad a la salud sobre los intereses económicos de particulares.

“Este caso plantea una gran oportunidad para que el Poder Judicial de la Federación reitere su compromiso con la protección del interés superior de la niñez. Prohibir la exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta, es una medida basada en evidencia científica y respaldada por la Ley General para el Control del Tabaco y por el artículo 13 del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. Permitir esta forma de publicidad disfrazada normaliza el consumo ante los ojos de niñas, niños y adolescentes, y perpetúa el ciclo de adicción desde edades tempranas” finalizó Moreno.

Related posts